ࡱ>  Nbjbj >|F% 8 <G|s"=P@sBsBsBsBsBsBs$avyDfsfs{s---8o8@s-@s--\kWr[un`,ss0sDoGyuGyrGyrL-fsfs-sGy : PROPUESTA DE REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL FORO DE PARTICIPACIN CIUDADANA DEL MUNICIPIO DE FAURA MARZO DE 2009 PREMBULO Y EXPOSICIN DE MOTIVOS El artculo 45 de la Constitucin Espaola reconoce el derecho de los ciudadanos a disfrutar de un medio ambiente adecuado, as como el deber de conservarlo, responsabilizando a los poderes pblicos en este sentido, pero siempre apoyndose en la indispensable solidaridad colectiva. De otro lado, el artculo 23 de la norma suprema establece el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos pblicos, directamente o por medio de representantes. En el plano internacional, el captulo 28 de la Agenda 21 derivada de los compromisos de la Cumbre de Ro de Janeiro de 1992 establece que: Cada autoridad local debera iniciar un dilogo con sus ciudadanos, organizaciones locales y empresas privadas y aprobar una Agenda 21 Local. Mediante la celebracin de consultas y la promocin de un consenso, las autoridades locales recibiran aportes de la ciudadana y las organizaciones cvicas, empresariales e industriales locales y obtendran la informacin necesaria para formular las mejores estrategias. El proceso de consultas aumentara la conciencia de los hogares respecto de las cuestiones relativas al desarrollo sostenible. (...). A nivel comunitario, el apartado 1.13 de la Carta de Aalborg, a la cual se encuentra adherido el municipio de Faura a travs de la firma de la Carta de Xtiva, reconoce la necesidad de garantizar el acceso a la informacin de toda la ciudadana y de los grupos que estn interesados y de velar para que puedan participar en los procesos locales de toma de decisiones. (...). De todo lo anterior se desprende que uno de los objetivos que marcan los procesos de Agenda 21 local, como el emprendido por Faura, es el refuerzo de la democracia local en la toma de decisiones, de acuerdo con el principio de proximidad o subsidiariedad, que propugna la toma de decisiones en el nivel adecuado ms bajo, de modo que sean lo ms cercanas posibles a las personas afectadas. Se pretende, pues, el establecer una relacin directa entre el Ayuntamiento y la poblacin local, no limitndose a los principios de democracia representativa sino articulando los mecanismos necesarios para la consecucin de una autntica democracia participativa, eje estratgico de los procesos de Agenda 21. El municipio de Faura, inici el proceso de Agenda 21 Local, dentro del Programa de Auditorias Ambientales promovido por la Diputacin de Valencia. En este proceso, es bsico la aplicacin del principio de subsidiaridad, cuyo objeto es garantizar una toma de decisin lo ms cercana posible del ciudadano. Todo proceso de Agenda 21 implica a su vez un proceso de Participacin Ciudadana, en el que tanto ciudadanos como grupos de inters en el municipio, debatan todos aquellos aspectos necesarios para lograr la sostenibilidad local. En este marco se constituye el Foro de participacin ciudadana o Foro Ciudadano, con la finalidad de establecer unas normas bsicas de funcionamiento, que regulen los objetivos, funciones y organizacin del mismo, como rgano consultivo cuyo fin es fomentar la corresponsabilizacin y participacin pblica en la vida municipal, con objeto de mejorar la calidad de vida de las generaciones presentes y futuras. Una vez se haya constituido el Foro, este Reglamento tiene como objeto establecer los principios bsicos de funcionamiento en tanto que se trata de un rgano consultivo y de participacin. TTULO I: OBJETO Y NATURALEZA DEL FORO DE PARTICIPACIN CIUDADANA DE FAURA Artculo 1. Objeto del Foro de Participacin Ciudadana de Faura El Foro de Participacin Ciudadana se concibe como un rgano consultivo de informe y participacin de asociaciones y colectivos ciudadanos y, al mismo tiempo que como foro de debate y discusin de todas las cuestiones relacionadas con el desarrollo humano y la sostenibilidad a nivel local. El Foro de Participacin Ciudadana es un rgano complementario del Ayuntamiento, cuyo funcionamiento es autnomo e independiente. No obstante, el Ayuntamiento de Faura como principal agente promotor e impulsor del proceso de la Agenda 21 Local, dotar al mismo de todos aquellos instrumentos econmicos, materiales y humanos, necesarios para el cumplimiento de sus objetivos y buen desarrollo de sus funciones. El Foro de Participacin Ciudadana desarrollar nicamente funciones de informe, propuesta y asesoramiento al Ayuntamiento, en ningn caso puede sustituirlo como organismo responsable de la toma de decisiones, de ah que solo pueda formular recomendaciones al Gobierno Municipal, sin carcter vinculante. El Gobierno Municipal deber dar respuesta por escrito de todas aquellas propuestas presentadas por el Foro de Participacin Ciudadana de Faura. Artculo 2.- Objetivos del Foro de Participacin Ciudadana. El Foro de Participacin Ciudadana de Faura, de forma paralela y coordinada con el Ayuntamiento dirigir su trabajo en el marco de la Agenda 21. Por lo que, los objetivos establecidos son los siguientes: Representar los intereses de la poblacin. Servir como instrumento regular y estable para difundir y debatir el modelo de Desarrollo Sostenible. Realizar y ampliar la difusin de propuestas y/o acciones que persigan una mejora en la calidad de vida, a travs de la participacin de la ciudadana del municipio en general, asociaciones ciudadanas, empresarios, agricultores, comerciantes, etc. Evaluar y controlar el desarrollo de las actuaciones proyectadas en el Plan de Accin a travs del seguimiento de los indicadores establecidos en el Plan de Seguimiento. Artculo 3.- Caractersticas del Foro de Participacin Ciudadana de Faura El Foro de Participacin Ciudadana de Faura presenta las siguientes caractersticas: Se constituye como un grupo de trabajo estable, creado por iniciativa municipal, con un reglamento de funcionamiento propio y reuniones peridicas. Es un rgano representativo de todos los sectores de la poblacin: participando los representantes de entidades y colectivos locales, del Ayuntamiento, as como de organismos de inters. En l se discutir, deliberar y se elaborarn recomendaciones sobre las lneas de intervencin medioambiental, social y econmicas, as como las polticas municipales y las lneas de trabajo del Plan de Accin. Tendr la finalidad de consensuar los proyectos de dicho Plan, para obtener una visin ms realista de las autnticas necesidades y aspiraciones del conjunto de la comunidad. TTULO II: FUNCIONES DEL FORO DE PARTICIPACIN CIUDADANA DE FAURA Artculo 4.- Funciones del Foro de Participacin Ciudadana. Son funciones del Foro de Participacin Ciudadana: Fomentar, canalizar y articular la participacin ciudadana en el proceso de la Agenda 21, basndose en el consenso entre los distintos agentes sociales con el fin de implementar planes de accin a largo plazo. Promover la colaboracin entre las distintas organizaciones e instituciones pblicas y privadas, con el fin de conseguir una mejora de la calidad ambiental local y una progresin hacia un modelo de Desarrollo Sostenible. Servir de enlace entre los organismos pblicos y privados que puedan ayudar a llevar a trmino iniciativas innovadoras en el mbito de la sostenibilidad. Organizar la discusin y la consulta de los distintos sectores ciudadanos y econmicos de la localidad. Comentar y debatir la informacin sobre las distintas actuaciones contempladas en el Plan de Accin. Formular por escrito nuevas propuestas de actuacin las cuales se trasladarn al Gobierno Municipal para su estudio. Evaluar y controlar, a travs de los indicadores establecidos en el Plan de Seguimiento, el grado de cumplimiento e implementacin de los objetivos y compromisos adoptados en el Plan de Accin. Evaluar el grado de implicacin de los agentes sociales y econmicos en el proceso de seguimiento de las actuaciones ambientales. Informar sobre los resultados obtenidos en el seguimiento de los proyectos del Plan de Accin. Colaborar con la propuesta y revisin de los indicadores de sostenibilidad. Proponer la realizacin de campaas y actividades de sensibilizacin, concienciacin y educacin ambiental, fomentando la implicacin de los ciudadanos. Proponer debates y otras actividades abiertas a la participacin y sensibilizacin de todos. Fomentar la apertura del Foro a toda la ciudadana y especialmente, la integracin en el mismo de aquellos colectivos socialmente desfavorecidos. Canalizar la informacin e ideas entre el Ayuntamiento y la poblacin. TTULO III: ESTRUCTURA ORGNICA DEL FORO Artculo 5.- Estructura bsica del Foro de Participacin Ciudadana. Para su funcionamiento, el Foro de Participacin Ciudadana se estructura de la siguiente forma: La Asamblea General. La Presidencia. La Vicepresidencia La Secretara. Expertos Locales. Las Sesiones de Trabajo. Artculo 6.- La Asamblea General. La Asamblea General estar compuesta por la totalidad de los miembros que componen el Foro. En ella estarn representados el Gobierno Local, los colectivos de ciudadanos y agrupaciones cvicas, los colectivos de empresarios, agricultores y comerciantes, y todos aquellos ciudadanos que estn interesados. Tendrn consideracin de miembros del Foro de Participacin Ciudadana todas las personas naturales censadas en Faura y las personas jurdicas cuyo domicilio social se encuentre en el trmino municipal. Asimismo, podrn participar en el Foro aquellas personas que acrediten tener un inters legtimo en formar parte del mismo. El Presidente solicitar la participacin de las personas e instituciones que, a su juicio, ayuden a un mejor desarrollo de las funciones del Foro. Como medida de control e instrumento de convocatoria, la Secretara del Foro de Participacin Ciudadana, elaborar un registro con todos los miembros del mismo tras cumplimentacin de la ficha de adhesin. Artculo 7.- Atribuciones de los miembros de la Asamblea General. Son atribuciones de los miembros de la Asamblea General las siguientes: Intervenir, exponiendo su criterio, en las sesiones del Foro. Elegir al presidente/a. Elegir al vicepresidente/a. Solicitar a travs del Secretario/a del Foro antecedentes, informacin o documentacin sobre los asuntos incluidos en el Orden del Da. Formular propuestas y plantear mociones por escrito para que el Presidente/a los incluya en el Orden del Da. Plantear en toda reunin ruegos y preguntas. Desarrollar cuantas otras funciones sean inherentes a su condicin de miembro de la Asamblea General. Los representantes de los colectivos que forman parte de la Asamblea General, nunca los que participan a ttulo individual, podrn ser sustituidos por otro miembro del colectivo que representan, en quien el representante delegue para esa sesin. Artculo 8.- El/La Presidente/a. La Presidencia ostentar la representacin del Foro de Participacin Ciudadana y ser elegido peridicamente cada 2 aos por la Asamblea General. Para el buen gobierno del Foro de Participacin es preferible que ningn representante poltico ostente este cargo. Artculo 9.- Funciones del Presidente/a. Corresponde al presidente/a: Ostentar la representacin del Foro. Acordar la convocatoria de las sesiones ordinarias y extraordinarias. Fijar el Orden del Da de las respectivas convocatorias, teniendo en cuenta en su caso, las peticiones de los dems miembros formuladas con la suficiente antelacin, (mnimo 7 das antes de la fecha en que correspondera la celebracin de una reunin ordinaria). Presidir las sesiones, moderar el desarrollo de los debates y suspenderlos por causas justificadas. Firmar actas, acuerdos y dems documentos en representacin del Foro. Formular propuestas e iniciativas as como, adoptar medidas para la dinamizacin de la participacin ciudadana. Ejercer cuantas otras funciones sean inherentes a su condicin de Presidente del Foro. En caso de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal, el Presidente/a ser sustituido por el Vicepresidente/a, que ser elegido por Asamblea General. Artculo 10.- Funciones del Vicepresidente/a. Corresponde al vicepresidente/a: Apoyar al Presidente en sus funciones. Asumir las funciones del presidente en casco de vacante, ausencia, enfermedad de este u otra causa legal. Artculo 11.- El/La Secretario/a. La Secretara del Foro ser ejercida por un miembro del mismo elegido por la Asamblea General. Artculo 12.- Funciones del Secretario/a. Corresponde al secretario/a: Ejercer la Secretara de la Asamblea General. Efectuar la convocatoria de las sesiones por orden de su Presidente, as como las citaciones a los miembros de la Asamblea General y, su difusin entre los medios de comunicacin, con el fin de conseguir su mximo conocimiento por parte de la ciudadana. Levantar acta de las respectivas sesiones, haciendo figurar de forma fehaciente los acuerdos adoptados y todas aquellas incidencias que de ellas se deriven. Custodiar la documentacin oficial del Foro. Coordinar los trabajos de redaccin de la memoria anual del Foro para su presentacin en Asamblea General. Cuantas otras funciones sean inherentes a su condicin de Secretario/a. La Corporacin Municipal dotar presupuestariamente del personal y de los medios que se consideren necesarios a fin de que las funciones de Secretara del Foro de Participacin Ciudadana sean correctamente ejercidas. Artculo 13.- Expertos Locales. Forman parte de los expertos locales los tcnicos municipales responsables de los temas relacionados con la sostenibilidad local y aquellos ciudadanos cuya solvencia tcnica pueda incidir en el buen funcionamiento de las sesiones. Sus funciones dentro del Foro se concretarn en asesorar tcnicamente a sus miembros. Artculo 14.- Sesiones de Trabajo. El trabajo ordinario se llevar a cabo a travs de la Asamblea General. No obstante, se podrn constituir comisiones temticas para el tratamiento especfico de temas puntuales. Estas comisiones debern comunicar al Pleno de la Asamblea, en la siguiente sesin ordinaria que se celebre, todos los acuerdos adoptados en las mismas. Las Sesiones de Trabajo sern presididas, coordinadas y dinamizadas por el Presidente del Foro. Todas las sesiones de trabajo seguirn las siguientes Pautas de Funcionamiento: Ser un proceso abierto y transparente. Mantendr una periodicidad regular. Elaborar sus pautas de funcionamiento por consenso entre sus miembros, con la suficiente flexibilidad para poder hacer frente a sus retos y situaciones imprevisibles. Marcar unos objetivos concretos y claros. Tendr libertad para asesorar el gobierno municipal. Convocar las reuniones abiertas que sean convenientes (temas polmicos, asuntos que provocan inters, etc.) Tratar cuestiones inmediatas con acciones concretas y mensurables. Abordar tambin las cuestiones complejas, de largo plazo, a partir de los logros conseguidos a corto y medio plazo. Dar soporte a iniciativas ciudadanas para la conservacin y proteccin del medio ambiente, y facilitar la creacin de bancos de buenas prcticas, redes y centros de informacin ambiental. Se tomar el tiempo necesario para tratar problemas complejos y asegurarse que las soluciones funcionan. Valorar peridicamente la propia actividad del Foro. Ser capaz de medir los progresos en el proceso de la Agenda 21. Artculo 15.- Estructura de las Sesiones de Trabajo. Las Sesiones de Trabajo se estructuran en base al siguiente esquema: 1.- Identificacin de problemas y causas. Anlisis objetivo o tcnico de aspectos concretos y puntuales. 2.- Enfoque formativo y sensibilizador. Presentacin de aportaciones. 3.- Priorizacin de problemas. Identificacin de opciones para la accin. 4.- Formalizacin de propuestas para el Plan de Accin. 5.- Aplicacin, Evaluacin y Retroalimentacin. Evaluacin a travs de un sistema de indicadores. TTULO IV: ORGANIZACIN Y FUNCIONAMIENTO DEL FORO Artculo 16.- Sesin Ordinaria. El Foro se reunir en sesin ordinaria con carcter trimestral, no obstante, por razones de urgencia o conveniencia, podr celebrarse reuniones extraordinarias, que seran convocadas por la Presidencia a iniciativa propia o a solicitud de, al menos la tercera parte del nmero de personas miembros del Foro. Anualmente y, con carcter ordinario, se realizar una sesin con el fin de presentar la memoria anual que se elaborar con la participacin de los distintos rganos del Foro. Artculo 17.- Convocatoria. Para la celebracin de las sesiones de trabajo, el Foro ser convocado por el Presidente. La convocatoria se acompaar del Orden del Da en el que se establecern los asuntos que se sometern a su consideracin. El plazo entre la convocatoria de cada sesin de trabajo y la celebracin de la misma, no ser superior a siete das. Artculo 18.- Adopcin de acuerdos. Los acuerdos sern adoptados por consenso, reflejndose en todo caso las posturas discrepantes. Artculo 19.- Acta. De cada sesin que celebre el Foro se levantar acta por el Secretario/a, que especificar necesariamente los asistentes, el Orden del Da de la reunin, el lugar y tiempo en que se ha celebrado, as como el contenido de los acuerdos. Artculo 20.- Aprobacin de actas. Las actas sern aprobadas por la mayora de sus miembros en la siguiente sesin del propio Foro. Se facilitar copia de las mismas a todos sus miembros, junto con la convocatoria y Orden del Da de la siguiente sesin. Artculo 21.- Archivo de actas. Una vez aprobada el acta el Secretario/a velar por su inclusin en un archivo de actas del Foro. Artculo 22.- Modificacin de los Estatutos Reguladores del Foro. La revisin de los presentes Estatutos se realizar siempre que el Presidente/a, lo consideren pertinente o, a peticin de 1/3 de los miembros del Foro. Las modificaciones que resulten de la revisin de los Estatutos, sern aprobadas mediante acuerdo por la Asamblea General.     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